
Compartimos las principales medidas establecidas a partir de la Com. A 8226 del BCRA.
Pagos de nuevas importaciones:
Bienes: podrán pagarse por el MLC desde el registro de ingreso aduanero (antes: 30 días).
MiPyMEs: podrán pagar bienes desde el despacho en puerto de origen (antes: 30 días desde ingreso aduanero).
Servicios: se podrán pagar desde el momento de prestación (antes: 30 días).
Bienes de capital: pago del 30% anticipado, 50% desde el despacho, 20% desde el ingreso aduanero (antes: 20% anticipo solo para MiPyMEs).
Servicios entre empresas vinculadas: pago a los 90 días desde la prestación (antes: 180 días).
Eliminación de restricciones cambiarias:
Se elimina el “dólar blend” (Com. A 8227).
Se levantan restricciones para personas humanas.
Se autoriza distribución de utilidades a accionistas extranjeros, para ejercicios 2025 en adelante.
Se flexibilizan plazos para pagos de comercio exterior.
Régimen de flotación cambiaria con bandas móviles:
El dólar en el MLC podrá fluctuar entre $1.000 y $1.400.
La banda se ajustará mensualmente: -1% piso / +1% techo.
El BCRA intervendrá en los extremos de la banda para acumular reservas o reducir pasivos.